GCBA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN PALACIO, MARISA VIVIANA CONTRA GCBA SOBRE MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA
Liderar Compañía General de Seguros interpuso queja por recurso de inconstitucionalidad denegado. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires desestimó la queja al no cumplir la demandada con el depósito requerido en el plazo establecido.
Actor: Liderar Compañía General de Seguros S.A.
Demandado: Tribunal que denegó el recurso de inconstitucionalidad (causa principal: EXPERTA ART S.A. c/ PAZ, GONZALO NAHUEL s/ Cobro de sumas de dinero
- Expte. n° 101872/2021)
Objeto de la demanda: Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado. La quejosa fue intimada a integrar el depósito de la queja por $1.899.980 (conforme decreto 64/2022) o acreditar exención en el plazo de cinco (5) días, bajo apercibimiento de declararse desistido el recurso.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia, por mayoría, tuvo por desistida la queja interpuesta por Liderar Compañía General de Seguros S.A., ordenando que se registre, notifique y remita a la Sala interviniente para agregación a los autos principales. Fundamentos principales de la decisión: "Habiendo vencido el plazo para cumplir con lo indicado en la intimación cursada sin que la quejosa acreditara la integración del depósito, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y tener por desistida la queja presentada por Liderar Compañía General de Seguros S.A." Voto en disidencia (Dr. Luis Francisco Lozano): El juez Lozano consideró que el recurso de inconstitucionalidad debió haber sido concedido por el tribunal de la causa de haberse realizado el correspondiente análisis de admisibilidad conforme al artículo 27 de la Ley 402 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sostuvo: "De hecho, existe jurisprudencia sentada en la cuestión que el recurso arrima, la cual llevaría a tenerlo por mal denegado y a devolver el depósito. Pero el recurso de inconstitucionalidad no recibió por parte del tribunal de la causa el análisis de admisibilidad correspondiente y fue rechazado in limine, desconociendo la autoridad de la citada jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de las reglas en las que se sustenta." Agregó que exigir el depósito en tales condiciones constituiría "un ritualismo reñido con la correcta administración de justicia", particularmente relevante cuando la cuestión afecta presumiblemente un universo numeroso de casos. Concluyó: "Por lo dicho, no coincido con mis colegas en tener por desistido el recurso de queja."
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