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SECRETARIA DE TRABAJO - MIN DE CAP HUM c/ EMPRENDIMIENTOS PROFESIONALES SRL s/EJECUCION FISCAL ? MINISTERIO DE TRABAJO

La Secretaría de Trabajo demandó por ejecución fiscal el cobro de $100.000 contra EMPRENDIMIENTOS PROFESIONALES SRL. El Juzgado ordenó remate y continuar la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado, más intereses, gastos y costas, por pérdida del derecho de defensa de la demandada.

Notificacion Ejecucion fiscal Remate Perdida de derecho Secretaria de trabajo Decreto 65/05 Ley 11.683:92 $100.000 Cpccn 542/551/558/68/41 Honorarios afip


¿Quién es el actor?

Secretaría de Trabajo
- Ministerio de Capital Humano (actora/ministerio).

¿A quién se demanda?

EMPRENDIMIENTOS PROFESIONALES SRL.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro del capital reclamado de $100.000, más intereses, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido de la actora; se declaró la pérdida del derecho de defensa de la demandada por no haber opuesto excepción legítima dentro del término, se sentenció la causa a REMATE y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora se haga del íntegro pago del capital reclamado de $100.000 con más sus intereses, gastos y costas. Se dispuso que la regulación de honorarios siga el procedimiento de la ley 11.683:92, Decreto 65/05 y disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP; se hizo efectivo el apercibimiento del CPCCN:41; se ordenó registro, notificación a la actora (quien queda a cargo de notificar a la contraria) y publicación conforme a la Acordada CSJN N°10/2025.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes del decisorio): "Agréguese, y téngase presente lo expuesto por la actora en los términos de la ley 11.683: 92. No habiendo opuesto excepción legítima alguna la demandada dentro del término que se acordara, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto por el CPCCN: 542, 551 y 558; la ley 11.683: 92 y el Decreto 65/05, SENTENCIO esta causa a REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución hasta que la actora se haga de la parte demandada, EMPRENDIMIENTOS PROFESIONALES SRL, íntegro pago del capital reclamado de $ 100000, con más sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)." "En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y la disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP." "Hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en el CPCCN: 41. Todo lo que, ASÍ RESUELVO. Regístrese y notifíquese por Secretaría a la parte actora, quedando a su cargo la notificación a la contraria. Publíquese (Acordada CSJN N° 10/2025). VM" (No constan votos en disidencia en el texto analizado.)

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