Legajo Nº 3 - IMPUTADO: GORULLENCA, MICAELA BELÉN s/LEGAJO DE CASACION
El Ministerio Público Fiscal impugnó la decisión que mantuvo la prisión domiciliaria de Micaela Belén Gorullenca por falta de motivación y contradicciones fácticas. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso, anuló la resolución y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento, por insuficiente fundamentación y falta de explicación sobre la subsistencia del beneficio.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representante fiscal).
¿A quién se demanda?
Micaela Belén Gorullenca (a cargo de la Defensa Pública Oficial).
- Objeto de la demanda: recurso de casación contra la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de Rosario que rechazó la revocación de la prisión domiciliaria de Gorullenca; se discutía la procedencia de revocar el arresto domiciliario en atención a hechos vinculados a una nueva investigación por tenencia/comercialización de estupefacientes y el supuesto incumplimiento de la obligación de permanencia domiciliaria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, anuló la resolución impugnada y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Sin costas en la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Del examen integral de las actuaciones se advierte ... que el pronunciamiento presenta defectos de fundamentación que impiden considerarlo un acto jurisdiccional válido en los términos del art. 123 del C.P.P.N."
"Las circunstancias reproducidas precedentemente demuestran objetivamente que la ausencia de Micaela Belén Gorullenca en el domicilio estuvo justificada."
"La constatación de que el domicilio donde residían los menores fuera escenario de un procedimiento en el que se secuestraron sustancias estupefacientes, elementos destinados a su fraccionamiento y una considerable suma de dinero en efectivo imponía al magistrado el deber de brindar una fundamentación particularmente rigurosa..."
"En definitiva, la resolución impugnada resulta arbitraria por carecer de suficiente fundamentación. Además, incurre en un quebrantamiento del principio lógico de no contradicción..."
- Disidencias: no hubo voto en disidencia; los tres jueces (Borinsky, Carbajo y Hornos) adhirieron a la anulación y reenvío.
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