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Legajo Nº 3 - IMPUTADO: GOMEZ DUARTE, FRANCISCO Y OTRO s/LEGAJO DE CASACION

Recurso de casación contra la prórroga de prisión preventiva por seis meses. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de la defensa y encomendó al tribunal de juicio asegurar el inicio y la celeridad del debate, por considerar que la resolución impugnada está debidamente fundada.

Casacion Prorroga Prision preventiva Complejidad de la causa Riesgo de fuga Camara federal de casacion penal Entorpecimiento probatorio Inicio del debate Sin costas Ley 24.390 / 25.430


¿Quién es el actor?

Defensa oficial de los imputados Francisco Gómez Duarte y Miguel Paco Rojas (recurrientes).

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral Federal nº 3 de Rosario (decisión recurrida) y, procesalmente, el Ministerio Público Fiscal como parte interesada.
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la resolución que prorrogó la prisión preventiva de los imputados por el término de seis (6) meses contados desde sus vencimientos (vencimientos que operan el 09/06/2026), o hasta la finalización de la audiencia de debate, lo que ocurra primero.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas; además se encomendó al tribunal de juicio que utilice las herramientas tecnológicas a su alcance para garantizar el comienzo del debate en la fecha señalada y que, una vez iniciado, imprima celeridad a su desarrollo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En función de lo anterior, el tribunal consideró que 'los hechos descriptos y la eventual respuesta punitiva presentan prima facie cierta gravedad, frente a lo que resulta razonable mantener el encarcelamiento preventivo de los imputados, en tanto puede estimarse que existen motivos suficientes para sostener que, de ser puestos en libertad, ello comprometería los fines del proceso'." "En concreto, existen circunstancias objetivas que se vinculan con la gravedad y complejidad de los hechos reprochados a Gómez Duarte y Rojas y, por el otro, condiciones personales de los imputados por la cualidad funcional que revisten y los contactos que pueden llegar a tener (arts. 319 del CPPN y 221 inc. b del CPPF) que justifican, una vez más, y frente al estado actual de la causa -debidamente valorado en la resolución en crisis
- la nueva prórroga de la prisión preventiva dispuesta y el rechazo del pedido defensista." "En función de lo expuesto, atento a que la resolución impugnada cuenta con los fundamentos necesarios para ser considerada como un acto jurisdiccional válido (art. 123 del CPPN) y que la parte impugnante no logró rebatir las cuestiones allí abordadas, propongo rechazar el recurso de casación presentado por la defensa oficial de Gómez Duarte y Rojas, sin costas, y exhortar al tribunal de origen a que garantice el comienzo del debate en fecha 02.09.2026 e imprima celeridad al desarrollo del mismo (arts. 470, 471 –ambos a contrario sensu-, 530 y ccdtes., CPPN)."
- Disidencias relevantes: No hubo disidencia; los tres jueces adhirieron a la misma solución.

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