SUAREZ JOSE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Suárez José Luis demandó a ANSeS solicitando el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241, 24.463 y de reglamentaciones. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda (acogiendo la prescripción y ordenando el recalculo y pago del haber y retroactivos según las pautas fijadas), diferenció cuestión de constitucionalidad para ejecución y declaró inconstitucional el tope de la Resolución SSS 06/09 en su art. 14.2.
¿Quién es el actor?
Suárez José Luis.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria y PAP), impugnación de normas de la ley 24.241, 24.463 y reglamentaciones (entre otras) y pedido de actualización de remuneraciones y del haber por aplicación de precedentes de la Corte Suprema y de la jurisprudencia de la CFSS.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y, en forma parcial, a la demanda; se ordenó a ANSeS abonar al actor el haber recalculado y los retroactivos conforme a las pautas establecidas en la sentencia dentro de 120 días; se difirió para la ejecución el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463, del art. 79 de la ley 18.037 y la aplicación del fallo "Lohle"; se dispuso que las sumas a favor del actor se abonen íntegramente sin quita alguna; se impusieron las costas a la demandada; se difirió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Respecto de la solicitud de actualización de la P.B.U., atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re 'Actis Caporale', Fallos 323:4216). Sin perjuicio de ello, por los principios de economía y celeridad procesal, estimo prudente determinar en esta etapa la pauta correspondiente a los fines de la actualización y el método de cálculo de la confiscatoriedad, ... ordénese la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma." (texto original)
2) "Por lo expuesto corresponde efectuar el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' dividirlo por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia: (PBU (sin reajustar) + PC (reajustada) + PAP (reajustada) = 'XX' importe que multiplicado por 100 arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15." (texto original)
3) "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y parcialmente a la demanda interpuesta, en los términos expuestos en los considerandos precedentes; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463)..." (texto original, extracto del decisorio)
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el bloque resolutivo; la decisión consignada es la que dispone el Juzgado en los términos transcritos.
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