Logo

SABBATINELLI, MARCELO DANIEL c/ POULASTROU, CARLOS ALBERTO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un choque entre una ambulancia y un automóvil. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala A) revocó la condena contra Raúl César Oviedo y SMG, modificó la liquidación indemnitória elevando diversos rubros (incapacidad sobreviniente a $25.000.000; tratamientos y daño moral) y dispuso aplicación de una tasa del 8% anual hasta la sentencia de grado y luego la tasa activa del Banco Nación.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Costas Responsabilidad civil Apelacion Seguros Liquidacion indemnizatoria Intereses 8% anual Presuncion de guarda (art.1113 cc)


¿Quién es el actor?

Marcelo Daniel Sabbatinelli.
- Demandados: Carlos Alberto Poulastrou; tercero citado y conductor de la ambulancia Raúl César Oviedo; aseguradoras Nación Seguros S.A. y SMG Compañía Argentina de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 9 de mayo de 2015, con maniobra determinante en intersección entre Hipólito Yrigoyen y Rincón; reclamó incapacidad sobreviniente, tratamientos, gasto médico y daño moral.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia apelada en cuanto a la demanda contra Raúl César Oviedo y SMG (se rechaza la demanda respecto de ellos) con costas a cargo del demandado Carlos Alberto Poulastrou y su aseguradora; se modificó la liquidación elevando los rubros a favor de Marcelo Sabbatinelli a $25.000.000 (incapacidad sobreviniente), $3.500.000 (tratamiento psicológico), $680.000 (tratamiento kinesiológico) y $12.000.000 (daño moral); se dispuso la aplicación para todos los rubros de la tasa del 8% anual desde el hecho hasta la fecha del pronunciamiento de primera instancia y, a partir de allí, la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina; se confirmó la sentencia en lo demás apelado; se impusieron las costas de alzada a Poulastrou y su aseguradora.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario): "Por consiguiente, al hallarse probado el contacto material entre la persona del actor y el vehículo de propiedad Carlos Alberto Poulastrou –lo que alcanza, en virtud de la presunción de adecuación causal a la que ya me referí, para tener por configurado lo previsto por el segundo supuesto del segundo párrafo del art. 1113 del Código Civil–, y ante la circunstancia de que no se acreditó la eximente invocada –es decir, el hecho del conductor de la ambulancia con aptitud suficiente para interrumpir en forma total el nexo causal–, juzgo que debe confirmarse el pronunciamiento apelado en cuanto a la responsabilidad atribuida al Sr. Poulastrou. Ahora bien, con relación a Raúl César Oviedo, toda vez que su culpabilidad no fue acreditada, no cabe más que revocar el decisorio apelado en este punto y, por consiguiente, rechazar la demanda." "De tal modo, para determinar el quantum indemnizatorio de este rubro, consideraré los siguientes datos: ... Ingreso anual de la víctima: $ 4.989.400 ... Porcentaje de incapacidad: 35,09% ... En virtud de las variables antedichas y de acuerdo con el cálculo que se ha descripto supra, la indemnización por incapacidad sobreviniente asciende a la suma de $ 23.793.678. En función de lo expuesto, teniendo en cuenta, asimismo, las posibilidades de progreso económico de Marcelo Daniel Sabbatinelli, considero que corresponde reconocer por incapacidad sobreviniente, en su faz laboral, la suma de $ 25.000.000 (art. 165, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." "De este modo se respeta, por un lado, el art. 768 del Código Civil y Comercial, que –como ya se ha señalado– obliga a los magistrados a fijar una tasa de mercado y, por el otro, se adecua la tasa de interés a las actuales circunstancias de la economía nacional –diversas de las existentes cuando este tribunal se inclinó por la aplicación de la tasa activa desde el momento en que se produce cada daño– ... y en virtud de ello ... esta sala ha dispuesto aplicar la tasa pura del 8% anual ... (hasta la sentencia de primera instancia) y a partir de allí la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."
- Disidencias relevantes: No hubo voto en disidencia; el Dr. Sebastián Picasso adhirió al voto del Dr. Calvo Costa; el Dr. Ricardo Li Rosi estuvo ausente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar