VIRLA LEZAMA, GABRIELA c/ PREVENCION ART S.A. -2- Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora demandó por accidente in itinere y compensación por incapacidad y secuelas. La Cámara revocó la sentencia de grado, hizo lugar al reclamo y condenó a Prevención ART S.A. a pagar $1.487.611,66 más intereses, ordenó costas y reguló honorarios conforme al fallo.
¿Quién es el actor?
Virla Lezama Gabriela (actora).
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A. y otro (empleador).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente de trabajo (accidente in itinere del 29/07/2021) y determinación de incapacidad y reparación dineraria conforme ley 24.557 (accidente - ley especial).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia apelada, hizo lugar al reclamo y condenó a Prevención ART S.A. a abonar a la actora, dentro del quinto día y mediante depósito en autos, la suma total de $1.487.611,66, con más sus intereses en la forma indicada precedentemente; dejó sin efecto lo decidido sobre costas y honorarios, imponiendo las costas de ambas instancias a la ART codemandada y en el orden causado respecto del empleador; y reguló los honorarios de ambas instancias en las sumas indicadas en el considerando respectivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) “Probado, a mi juicio, que el siniestro fue in itinere y, por ende, el carácter laboral del evento dañoso, corresponde verificar si existen lesiones con nexo causal que ameriten el presente reclamo.”
2) “De los estudios realizados, de la documental médico-legal que obra en el expte, y del examen practicado se puede afirmar que: El día jueves 29 de Julio de 2021, aproximadamente a las 21:15 hs., la actora sufrió un accidente: fue atropellada por una motocicleta. Sufrió politraumatismos y escoriaciones pero la única lesión grave que tuvo es una fractura expuesta del tercio superior de la tibia (pierna) derecha... Actualmente la actora como consecuencia de la lesión descripta presenta un cuadro de limitaciones funcionales en la rodilla derecha y dificultad en la carga del miembro inferior derecho.”
3) “Al encontrarse acreditado que la Sra. Virla padece de consecuencias psicofísicas incapacitantes de carácter permanente como consecuencia de la dolencia que motivó el presente, propongo revocar el pronunciamiento de grado, acoger la reparación de tal daño y establecer un 23,5% de minusvalía resarcible (10% física + 10% psíquica + factores de ponderación conforme el peritaje médico).”
4) “Dado el porcentaje de incapacidad antes sugerido, el resultado de la fórmula indemnizatoria alcanza a $1.487.611,66 ($42.263 53 23,5% 65/23). Dicho capital es superior al piso mínimo que establece la Nota SRT Nº 7/2021... En síntesis, la cantidad final de condena es de $1.487.611,66.- con más sus intereses.”
5) Sobre responsabilidad: “Prevención ART S.A. es la responsable de abonar a la actora la prestación dineraria prevista en el art. 14.2.a) de la ley 24.557 pues, al momento de la primera manifestación invalidante de las patologías que sufre la trabajadora, se encontraba vigente la póliza que la empleadora contrató con dicha codemandada...”
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia; ambos votos de la Sala IV (Dr. Héctor C. Guisado y Dra. Silvia E. Pinto Varela) adhirieron al acuerdo que contiene la parte resolutiva.
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