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Ley nacionalCiudad de rio tercero · capital nacional del deportista

Ley 27.378

Declaraciones oficiales

DECLARASE CAPITAL NACIONAL DEL DEPORTISTA A LA CIUDAD DE RIO TERCERO, DEPARTAMENTO TERCERO ARRIBA, PROVINCIA DE CORDOBA.

Fecha
12/09/2017
Jurisprudencia
11 fallos la citan

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DECLARACIONES OFICIALES

Ley 27378

Ciudad de Río Tercero Capital Nacional del Deportista.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

CIUDAD DE RIO TERCERO CAPITAL NACIONAL DEL DEPORTISTA

Artículo 1°.- Declárase Capital Nacional del Deportista a la ciudad de Río Tercero, departamento Tercero Arriba, provincia de Córdoba.

Artículo 2°.- Inclúyase la misma en el calendario turístico nacional.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 27378 —

MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

e. 12/09/2017 N° 67960/17 v. 12/09/2017

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