Ley nacionalModifica situacion de pasivos de personal docente2025
Ley 23.323
Docentes
MODIFICACION DEL ARTICULO 3, INCISO B) DE LA LEY 14473, QUE ESTABLECE QUE EL PERSONAL DOCENTE QUE DESEMPEÑA FUNCIONES ELECTIVAS PASA A REVISTAR EN SITUACION PASIVA.
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ESTATUTO DEL DOCENTE
LEY N° 23.323
Sustitúyese el inciso b) del artículo 3° del citado Estatuto.
Sancionada: Junio 11 de 1986.
Promulgada: Junio 30 de 1986.
ARTICULO 1° — Sustitúyese el inciso b) del artículo 3° del Estatuto del Docente por el siguiente:
b) Pasiva: Es la situación del personal en uso de licencia o en disponibilidad sin goce de sueldo; del que pasa a desempeñar funciones no comprendidas en el artículo 1°; del destinado a funciones auxiliares por pérdida de sus condiciones, para la docencia activa del que está cumpliendo servicio militar y de los docentes suspendidos en virtud de sumario administrativo o proceso judicial.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y seis.
LEY N° 23.323
Sustitúyese el inciso b) del artículo 3° del citado Estatuto.
Sancionada: Junio 11 de 1986.
Promulgada: Junio 30 de 1986.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTICULO 1° — Sustitúyese el inciso b) del artículo 3° del Estatuto del Docente por el siguiente:
b) Pasiva: Es la situación del personal en uso de licencia o en disponibilidad sin goce de sueldo; del que pasa a desempeñar funciones no comprendidas en el artículo 1°; del destinado a funciones auxiliares por pérdida de sus condiciones, para la docencia activa del que está cumpliendo servicio militar y de los docentes suspendidos en virtud de sumario administrativo o proceso judicial.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y seis.
| C. PUGLIESE | V. H. MARTINEZ |
| Hugo Belnicoff | Antonio J. Macris |
— Registrada bajo el N° 23.323 —
Jurisprudencia que aplica la Ley 23.323
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