Ley 20.572
Prevision social
DESDE LA PROMULGACION DE LA PRESENTE, QUEDAN COMPRENDIDAS EN LOS BENEFICIOS DEL REGIMEN ESPECIAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS JUDICIALES, INSTITUIDO POR LAS LLAMADAS LEYES 18.464 Y 19.841, LAS PERSONAS QUE HAYAN EJERCIDO O EJERCIERAN CARGOS DE CARACTER ELECTIVO EN LOS PODERES DEL ESTADO NACIONAL, CUALQUIERA FUERA EL TIEMPO DE DESEMPEÑO DE SUS MANDATOS.
Texto completo
Mostrar u ocultar el texto
Régimen especial al cual podrán acogerse las personas que ejercieren cargos electivos.
LEY N° 20.572
Sancionada: noviembre 28 de 1973.
Promulgada: De hecho.
POR CUANTO:
LEY:
ARTICULO 1° - Desde la promulgación de la presente, quedan comprendidas en los beneficios del régimen especial de jubilaciones y pensiones para magistrados y funcionarios judiciales, instituido por las llamadas Leyes 18.464 y 19.841, las personas que hayan ejercido o ejercieran cargos de carácter electivo en lso poderes del Estado Nacional, culaquiera fuera el tiempo de desempeño de sus mandatos.
ARTICULO 2° - Todos los beneficios en vigor, que hayan computado o computen servicios de los enumerados en el artículo 1°, serán reajustados con arreglo a lo dispuesto en ésta.
ARTICULO 3° - A los fines establecidos precedentemente no se requerirá tiempo múnimo de afiliación en la administración de Justicia de la Nación.
ARTICULO 4° - Los magistrados y funcionarios enumerados en el artículo 1° de la llamada Ley 18.464 y los comprendidos en la presente tendrán derecho a la jubiliación ordinaria con 60 años de edad y 30 de servicios computables.
ARTICULO 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y tres.
R. LASTIRI J. A. ALLENDE
Alberto L. Rocamora Aldo H. J. Cantoni
Aprobada por el Poder Ejecutivo el 19/12/1973 de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 70 de la Constitución Nacional.
Jurisprudencia que aplica la Ley 20.572
4 fallos de la base de JurisprudenciaARG citan esta ley. Es lo que tenemos recopilado de fuentes oficiales: puede no estar todo. Abajo, los de 2022 en adelante.
Los más recientes
- MICA RUBEN OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOSJUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 4 · 21/09/2026
- CANICOBA RAMON HECTOR PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOSJUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 7 - SECRETARIA Nº 1 · 17/07/2026
- ORQUIN, LEOPOLDO MANUEL c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL · 27/02/2025
- DIAZ RODOLFO ALEJANDRO c/ ANSES s/JUBILACION Y RETIRO POR INVALIDEZCAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 · 27/03/2024
Base de datos pública de leyes y decretos argentinos. No se garantiza la exactitud de la información: consultá la fuente oficial por versiones actualizadas.
Leé los 4 fallos sobre la Ley 20.572
Creá tu cuenta en JurisprudenciaARG para buscar entre todos, filtrar por tribunal, fuero o fecha y leer cada fallo completo.