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Ley nacionalInnovacion en materia televisiva · declarase de interes nacional2025

Ley 20.577

Telecomunicaciones

CONSIDERESE DE INTERES NACIONAL TODA INNOVACION QUE PUEDA EFECTUARSE EN MATERIA DE SISTEMAS DE TRANSMISION DE IMAGENES TELEVISIVAS EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA.

Fecha
20/12/1973

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TELEVISION

Ley N° 20.577

Considérese de interés nacional toda innovación en esta materia.

Sancionada: Noviembre 28 de 1973.

Promulgada: Diciembre 14 de 1973.

POR CUANTO:

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1° - Considérese de interés nacional toda innovación que pueda efectuarse en materia de sistemas de transmisión de imágenes televisivas en todo el territorio de la República.

ARTICULO 2° - El tipo de innovación a que hace referencia el artículo 1° deberá ser aprobada por ley del Congreso Nacional previo estudio de sus características técnicas y consecuencias económico-sociales.

ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y tres.

   JOSE A. ALLENDE         A. LASTIRI

        A. H. I. Cantoni        A. L. Rocamora

- Registrada bajo el N°  20.577 -


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