INC 346796/2022-1
La Cámara de Apelaciones rechazó la apelación de la actora contra la denegatoria de medida cautelar en proceso de amparo por impacto económico de medidas sanitarias, confirmando la decisión del juez de grado por insuficiencia de prueba y fundamentación adecuada.
En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado, en cuanto rechazó la medida cautelar solicitada por la parte actora, tendiente a obtener que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se abstenga de licitar el predio sobre el cual tenía a su favor un contrato de concesión de uso y explotación del espacio de dominio público. El Gobierno de la Ciudad adjudicó a la empresa actora la concesión de uso y explotación de un predio a cambio de un canon mensual, y por un plazo de 5 años, contrato que se suscribió el 03/01/2018, operando su vencimiento el 03/01/2023. En su demanda la actora entiende que como consecuencia de la pandemia por Covid 19 se suspendió el uso y explotación del predio, provocando ello un quiebre en la ecuación económico financiera del contrato, lo que justificaría la extensión del plazo de concesión. Ahora bien, y con relación al requisito de verosimilitud del derecho, no puede soslayarse que la conducta de la Administración no aparece manifiestamente arbitraria o ilegitima. Las circunstancias del caso ameritan evaluar la situación de la actora a la luz de la normativa específica en la que queda comprendida su pretensión –normas orientadas a mantener el equilibrio en la ecuación económico financiera de las concesiones como consecuencia de la pandemia por Covid 19-, pero también conforme al ordenamiento jurídico susceptible de quedar alcanzado por el objeto de la demanda. Sea que el conflicto se asiente en la literalidad de la normativa aludida o bien en su implementación, el tratamiento de la cuestión excede el marco de conocimiento que habilita una instancia preliminar como la que caracteriza a la medida cautelar.
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