INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS GONZALEZ SEYLLER, MARIA LORENA SOBRE 174 5 - DEFRAUDACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
La Cámara de Casación confirmó la resolución que rechazó el archivo del proceso por vencimiento del plazo de investigación penal preparatoria. El tribunal sostuvo que las prórrogas solicitadas y concedidas mantienen vigente la causa, y que los plazos ordenatorios no resultan perentorios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde confirmar la decisión de grado en cuanto no hizo lugar al archivo solicitado por la Defensa. En efecto, sin perjuicio de la opinión que ha sentado esta Sala relativa a que los plazos establecidos en el artículo 111 del Código Procesal Penal CABA no resultan perentorios, lo cierto es que en el caso, el término dispuesto por la norma para la presentación de requerimiento de juicio no ha vencido, en virtud de las dos prórrogas solicitadas por el Fiscal de grado y otorgadas por el Fiscal de Cámara, y que por lo tanto, no existen dudas sobre la vigencia de la investigación.
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