INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS R., F., P., SOBRE 1 - INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR
La Cámara de Casación revocó la decisión de grado que convertía la condena condicional en efectiva por incumplimiento de reglas de conducta, y ordenó la celebración de una nueva audiencia para que el condenado explique las razones de su incumplimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde revocar la decisión de grado que resolvió revocar el carácter suspensivo de la condena impuesta al imputado. Se dispuso en la presente causa el efectivo cumplimiento de la pena de seis meses de prisión, por el delito tipificado en el artículo 1° de la Ley N° 13.944. La Defensa sostuvo que dicha decisión fue arbitraria y se apartó de la solución prevista en el Código Penal, conforme el artículo 27 bis y la entendió desproporcionada. Ahora bien, si luego de celebrada una nueva audiencia con la presencia del encausado y de escuchado su descargo se concluyera sobre la existencia de un quebrantamiento injustificado de las reglas de conducta, ello no puede acarrear como primera sanción la revocación de la condicionalidad de la pena impuesta. En ese sentido, el artículo 27 bis del Código Penal establece dos posibles consecuencias que puede provocar el incumplimiento de las reglas de conducta a las que se ha sujetado una condena condicional: a) que no se compute en todo o en parte el plazo transcurrido hasta ese momento y b) que se revoque el beneficio si el condenado persistiere o reiterare su transgresión. Si bien ambas opciones están reguladas como una facultad del juez (“el tribunal podrá”), una implementación gradual de la respuesta punitiva, que deje el cumplimiento efectivo de la pena de prisión como una alternativa de última “ratio”, exige que antes de esta opción exista una advertencia o intimación al condenado, para que ajuste su comportamiento al cumplimiento de las reglas de conducta y, eventualmente, una decisión judicial que resuelva que no se compute parcial o totalmente el tiempo transcurrido desde el incumplimiento injustificado.
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