INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS CARVAJAL HUANCA, LUIS ANTONIO SOBRE ARMAS DE GUERRA
La Cámara de Casación confirmó la condena a Luis Antonio Carvajal Huanca por tenencia de arma de guerra sin autorización, y rechazó la nulidad de la declaración de reincidencia, fundamentando la validez probatoria y la correcta aplicación legal del fallo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso corresponde confirmar la sentencia de la primera instancia por cuanto se condenó al imputado por hallarlo autor penalmente responsable del delito de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, a la pena de tres años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas. La recurrente manifiesta que se afectó la cadena de custodia del arma y sus municiones. Concluye que al no haber certeza de que el arma peritada fuese la misma que la incautada, sin arma no habría delito Ahora bien, la Magistrada consideró lo dicho por el personal de las fuerzas de seguridad en la audiencia, quien explicó que el traslado del procediiento al destacamento policial fue por una “cuestión de protocolo”, relacionado con la seguridad y para evitar disturbios. Por ello, la Jueza concluyó que el traslado tuvo como fin neutralizar actos violentos y asegurar pruebas. También destacó que la policía ya sabía que el imputado portaba un arma, justificando su requisa. En este sentido, se verificó la urgencia del procedimiento y la presencia del arma, lo que obligó a actuar sin convocar testigos para no incrementar el riesgo. Exigir que permanezcan en el lugar solo aumentaba el peligro. La necesidad de asegurar pruebas y proteger personas justificó la intervención policial, el traslado al destacamento y la elección de testigos. Sobre la cadena de custodia, la Jueza defendió la legalidad del secuestro y tratamiento de los elementos. Señaló que los actos policiales se ajustaron a la ley y que los objetos secuestrados coinciden con los peritados. Un testigo confirmó que leyó lo que firmó, y el acta refleja la incautación del revólver mostrado en el juicio. Aunque hubo alguna deficiencia en la conservación, no afecta la identidad del arma peritada. Por otro lado, los documentos (acta, fotos y peritajes) coinciden en características del arma. El arma tenía inscripciones específicas y coincidía el calibre. Las municiones también coinciden en color y cantidad. En este marco, la Magistrada tuvo por cierto que los elementos secuestrados se mantuvieron inalterables desde su secuestro hasta su peritaje y que no se advertía, así como la defensa no había logrado exponer, alguna maniobra que permitiera sostener lo contrario.Se destacó, también, que personal de la defensoría había participado al momento de realizarse las respectivas pericias y no se efectuaron allí oposiciones o controversias. De este modo, el agravio analizado debe descartarse
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: