INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS B., D. I. SOBRE 249 - INCUMPLIMIENTO DE DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO
La Cámara de Casación en lo Penal rechaza el recurso de apelación in limine presentado por la defensa en un incidente por incumplimiento de deberes de funcionario público, confirmando la decisión del juez de primera instancia de no hacer lugar a la prueba ofrecida. La resolución fue considerada irrecurrible.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde rechazar "in limine" el recurso de apelación interpuesto por la Defensa contra la decisión de grado -en el marco de la audiencia el artículo 223 del Código Procesal Penal CABA
- que no hizo lugar a la prueba ofrecida por esa parte.
En efecto, el recurso intentado debe ser rechazado "in limine" (cfr. art. 288 in fine y 292 CPP) puesto que la resolución de admisibilidad de prueba para el juicio es irrecurrible, sin perjuicio de que puede ser invocada como fundamento del recurso de apelación contra la sentencia definitiva (conf. art. 223 CPP).
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