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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS S., C. A. SOBRE 1 - INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR

La Cámara de Casación confirmó la reducción del 50% de la deuda por incumplimiento de deberes de asistencia familiar y ordenó que el saldo restante se pague en seis cuotas de igual valor. La decisión busca garantizar la viabilidad del cumplimiento y el interés superior del menor.

Reparacion integral Actualizacion monetaria Alimentos provisorios Monto Imposibilidad de pago Pago parcial Pago en cuotas Unidad fija Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar Incumplimiento del acuerdo

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el caso, corresponde revocar la resolución de primera instancia y hacer lugar a la reducción del cincuenta por ciento de la deuda (50%) correspondiente a la reparación integral y disponer que el saldo restante se efectivice en seis (6) cuotas mensuales y consecutivas, de igual valor. El Juez de primera instancia aceptó un acuerdo de reparación integral del daño y fijó alimentos provisorios a favor del hijo del imputado. Sin embargo, no habiendo cumplido con parte del monto fijado resolvió que no corresponde hacer lugar a la reducción del cincuenta por ciento (50%) de lo adeudado solicitado por la Defensa y disponer el pago total en tres (3) cuotas. La Defensa sostuvo que la decisión era arbitraria porque omitió valorar la realidad económica del imputado quien percibe un sueldo como enfermero y no le alcanza para afrontar sus gastos, por lo que la deuda devino de imposible cumplimiento. Ahora bien, de las constancias de la causa surge que la deuda se generó a partir de la actualización del monto del valor de las unidades fijas en las que había sido fijada la obligación y que el imputado no tuvo en cuenta. Por su parte, ni el Juzgado, ni la Fiscalía, ni la Asesoría Tutelar, ni la denunciante repararon en dicha circunstancia sino hasta nueve (9) meses después. Entiendo que no es posible inferir que el accionar del imputado haya evidenciado en forma manifiesta e injustificada la voluntad de apartarse de lo acordado. En este sentido, valorando la situación económica del imputado ilustrada en el informe social presentado como así también el ingreso mensual que percibe, corresponde la reducción del cincuenta por ciento (50%) de la deuda y el pago del saldo restante en seis (6) cuotas.

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