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MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS DE SOUZA LOSA, ADRIEL FABIÁN SOBRE 149 BIS - AMENAZAS

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad, considerando que los agravios no demostraron arbitrariedad ni un verdadero caso constitucional. El Tribunal también resolvió sobre la inadmisibilidad del recurso y el pago del depósito, manteniendo la decisión de la Cámara.

Beneficio de litigar sin gastos Fundamentacion del recurso Falta de fundamentacion Deposito previo Prescripcion de la accion penal Agravio extemporaneo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Diferimiento del deposito


- Quién demanda: El Ministerio Público
- Defensoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en representación de Adriel Fabián De Sousa Loza.

¿A quién se demanda?

La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la denegación del recurso de inconstitucionalidad, por supuesta vulneración de principios constitucionales y derechos garantizados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la queja por no demostrar la existencia de un caso constitucional ni que la decisión fuera arbitraria. La resolución fundamentó que los agravios no lograron superar la mera discrepancia interpretativa o alegaciones de arbitrariedad sin fundamentación concreta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los jueces señalaron que la queja fue presentada en tiempo y forma, pero no logró plantear un caso constitucional, limitándose a mencionar derechos y garantías sin vinculación concreta con las circunstancias del caso (arts. 27 y 33, ley n° 402). La defensa pretendió que la Cámara omitió tratar un planteo de prescripción y cuestionó la validez del art. 226 del CPP, sin que esas cuestiones hayan sido oportunamente planteadas en la instancia de apelación, por lo cual no corresponden a esta vía. La revisión del mérito probatorio y la valoración de la prueba por parte de la Cámara fueron consideradas suficientes y razonadas, sin arbitrariedad. La Cámara valoró la prueba, los testimonios y las videograbaciones, explicando por qué rechazaba los argumentos de la defensa, en una revisión que la ley no permite alterar por vía de la queja. La jurisprudencia citada sostiene que la queja requiere una crítica concreta y fundada del auto denegatorio, cosa que no ocurrió. En relación con el depósito, se dispuso su exención por proceder de la defensa oficial. La resolución también ordenó la remisión de las actuaciones a la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal.

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