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CNP SOBRE 239 - RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró competente al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 13 en un conflicto de competencia relacionado con hechos de desobediencia y violencia de género, priorizando la continuidad del proceso y evitando contradicciones jurisdiccionales.

Violencia de genero Violencia domestica Conflicto negativo de competencia Delito de desobediencia Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia criminal y correccional Principio de no revictimizacion Juzgamiento conjunto Existencia de otro proceso en tramite


- Quién demanda: no aplica (conflicto de competencia)

¿A quién se demanda?

no aplica (conflicto de competencia)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 13 en autos relacionados a hechos de desobediencia a la autoridad y violencia de género en el marco del expediente n° TSJ 87829/2023-0

¿Qué se resolvió?

Se declaró la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 13 para entender en la causa, priorizando la continuidad del proceso y la eficiencia judicial, en línea con el criterio establecido por la Corte Suprema en “Bazán” (Fallos: 342:509).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La causa principal y la causa conexa, en trámite ante el tribunal declinante, abordan hechos de desobediencia en concurso con amenazas simples, relacionados con violencia de género. La resolución del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 13, de acuerdo con el precedente “Bazán”, es competente para conocer en conflictos de competencia entre tribunales con jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Fiscal General Adjunto sostuvo que la continuidad del proceso ante el tribunal que ya avanzó hacia la etapa de juicio garantiza eficiencia y evita vulneración de derechos de la víctima, además de respetar los compromisos internacionales del Estado en materia de violencia de género. La jueza Alicia E. C. Ruiz expresó que, conforme al criterio fijado por la Corte Suprema en “Bazán”, corresponde remitir el conflicto al Tribunal Superior de Justicia, quien se pronunció en la misma línea para garantizar la continuidad y la coherencia jurisdiccional. La decisión se fundamenta en la necesidad de evitar dispendios jurisdiccionales y contradicciones, priorizando la tutela efectiva y la protección de las víctimas en casos de violencia familiar y de género, en línea con los principios del derecho procesal y la jurisprudencia vigente.

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