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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS CARRIZO, PABLO DANIEL SOBRE 149 BIS - AMENAZAS s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

La Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 16 en una incidencia de competencia en causa por amenazas y violencia de género contra Pablo Daniel Carrizo. La decisión se basa en precedentes de la Corte Suprema y en la continuidad del contexto de violencia de género que vincula los hechos.

Violencia de genero Conflicto negativo de competencia Pluralidad de hechos Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia criminal y correccional Atribucion previa de competencia


¿Quién es el actor?

La Fiscalía y las partes en la causa por amenazas y violencia de género.

¿A quién se demanda?

Pablo Daniel Carrizo, expareja de la víctima.
- Objeto de la demanda: Determinar qué jurisdicción es competente para tramitar la causa penal por amenazas y desobediencia, en el contexto de violencia de género.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al incidente y se declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 16.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala remarca que la controversia de competencia surge en un contexto de violencia de género, en el que los hechos y las partes mantienen una relación de continuidad y conexidad. Se fundamenta en el precedente "Bazán" (Fallos: 342:509), donde la Corte Suprema estableció que en conflictos de competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad decidir. La Sala sostiene que, aunque en una resolución anterior se había declarado la competencia de la justicia local, las variaciones en la situación procesal y la acumulación de hechos justifican la declaración de competencia del tribunal federal. La decisión también considera que la continuidad de la investigación y la existencia de un contexto de violencia de género que vincula todos los hechos hacen pertinente que el juzgado nacional continúe con la causa. La resolución destaca además que la decisión del juez nacional de aceptar la competencia se ajusta a los principios de economía procesal y correcta administración de justicia, dado que ya se habían iniciado actuaciones en esa jurisdicción. Se remite al precedente "Bazán" para resolver el conflicto de competencia, confirmando la competencia del juzgado nacional en la causa.

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