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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS VRR S/ 239 - RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 15 en incidente de competencia sobre hechos imputados a un imputado por resistencia o desobediencia a la autoridad. La decisión se fundamenta en que dicho juzgado inició la investigación y tomó conocimiento del contexto de violencia, correspondiendo su competencia, en línea con precedentes del tribunal y la jurisprudencia de la CSJN.

Violencia de genero Conflicto negativo de competencia Delito de desobediencia Juez que previno Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia criminal y correccional Existencia de otro proceso en tramite Tercer juez no contendiente


- Quién demanda: no aplica, se trata de un incidente de competencia

¿A quién se demanda?

no aplica, cuestión de competencia interna

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 15 en el expediente por resistencia o desobediencia a la autoridad

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declara por mayoría la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 15, remitiendo el incidente a dicho juzgado y dejando sin efecto la declinación de competencia por parte de otros tribunales

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los jueces Otamendi, De Langhe e Weinberg sostuvieron que dado que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 15 intervino en causa preexistente y tomó conocimiento del contexto de violencia, corresponde declarar su competencia, sin perjuicio de no haber participado en la contienda, en línea con lo establecido en el precedente 'Bazán'." "Por su parte, la jueza Alicia E. C. Ruiz remite a un voto en expediente nº 16329/19 y coincide en que corresponde declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 15." "El juez Lozano, en línea con el Fiscal Adjunto, propone que continúe la competencia en el tribunal local, pero la mayoría del tribunal decide declarar la competencia del juzgado nacional, en atención a la intervención inicial y el conocimiento del hecho por parte de ese tribunal." Fundamentos adicionales: "La intervención inicial del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 15 y su conocimiento de los hechos en el contexto de violencia justifican la declaración de competencia, en línea con jurisprudencia y precedentes del tribunal superior y la Corte Suprema de Justicia de la Nación."

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