GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en AQUINO, NORMA FIDELINA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deniega el recurso extraordinario federal del GCBA contra la decisión que rechazó su queja en un planteo de inconstitucionalidad, argumentando que no se configuran las cuestiones federales ni la arbitrariedad, y que el recurso no cumple con los requisitos formales.
¿Quién es el actor?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunal que rechazó su queja en un recurso de inconstitucionalidad
- Objeto de la demanda: Impugnar la decisión que denegó su recurso de queja respecto de un planteo de inconstitucionalidad en un expediente sobre empleo público y diferencias salariales
- Decisión del tribunal: Se deniega el recurso extraordinario federal, confirmando que no se configura una cuestión federal relevante ni se demuestra arbitrariedad o violación de derechos constitucionales
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso extraordinario federal debe ser denegado pues no plantea una cuestión federal de las exigidas por el art. 14 de la ley 48." "La decisión del Tribunal que ahora se cuestiona rechazó la queja porque no lograba rebatir las razones por las que la Cámara había denegado su recurso de inconstitucionalidad, ni demostrar la existencia de un caso constitucional o federal, ni arbitrariedad de sentencia." "Las cuestiones planteadas remiten a revisión de hechos y valoración de prueba, que son propias de los jueces de la causa y en principio ajenas al recurso extraordinario." "La doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto corregir fallos equivocados, sino casos excepcionales de deficiencias lógicas o falta de fundamento normativo." "No se demuestra que la decisión exceda el interés individual de las partes y afecte a la colectividad." "El recurrente no cumple con los requisitos formales del reglamento de la CSJN (Acordada 4/2007), no acompañando carátula, ni refutando fundamentos, ni relacionando normas federales con lo decidido." "Por todo ello, se deniega el recurso con costas al vencido."
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