MINISTERIO PÚBLICO - FISCALÍA DE CÁMARA ESPECIALIZADA EN PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en RON SOBRE 239 - RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD Y OTROS
La Cámara Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la inadmisibilidad del recurso de queja por la extinción de la acción penal por prescripción en un expediente por resistencia o desobediencia a la autoridad. La decisión se fundamenta en que la acción penal se encuentra extinguida y que los planteos del Ministerio Público Fiscal han devenido abstractos.
- Quién demanda: Ministerio Público Fiscal (interpone queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la decisión que denegó efecto suspensivo a su queja y la continuación del recurso de inconstitucionalidad respecto a un fallo que sobreseyó al imputado por prescripción del delito de resistencia o desobediencia a la autoridad, en relación al expediente nº 16098/2020.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la queja, dado que la acción penal por el hecho imputado fue declarada extinguida por prescripción, decisión que adquirió firmeza. La comunicación del Juzgado nº 7 de que la acción penal se encontraba extinguida y sobreseída fue considerada suficiente para que los planteos del Ministerio Público Fiscal devengan abstractos, por lo que se concluyó que no correspondía continuar con la vía recursiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La comunicación acompañada por el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 7 permite tener por acreditado que, en el marco de los autos principales, la acción penal ha sido declarada extinguida por prescripción, decisión que en la actualidad ha adquirido firmeza. En consecuencia, los planteos del Ministerio Público Fiscal han devenido abstractos, por lo que corresponde dar por concluido el trámite del recurso de queja. La jueza Inés M. Weinberg comparte la conclusión de que los planteos han devenido abstractos, y que procede la conclusión del trámite. El juez Luis Francisco Lozano, en minoría, sostuvo que, aunque en la primera resolución se suspendió el llamado a acuerdo, la comunicación del juzgado de que la acción penal está extinguida y firme, implica que los planteos del recurso de inconstitucionalidad han devenido abstractos, por lo que recomienda rechazar la queja.
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