ROCA, GUILLERMO EDUARDO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ROCA, GUILLERMO EDUARDO SOBRE INCIDENTE DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA - OTRAS DEMANDAS CONTRA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
La Sala rechazó la queja de Guillermo Eduardo Roca contra la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad, confirmando que la resolución no es definitiva ni vulnera garantías constitucionales, por lo que no se configura una arbitrariedad ni un perjuicio irreparable.
- Quién demanda: Guillermo Eduardo Roca
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en su resolución que denegó la queja)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la resolución interlocutoria que denegó su recurso de inconstitucionalidad, alegando vulneración del derecho de defensa, del debido proceso y de tutela judicial efectiva.
¿Qué se resolvió?
El tribunal confirmó el rechazo de la queja por considerar que la resolución impugnada no es definitiva ni vulnera derechos constitucionales, y que la queja carece de los fundamentos necesarios para su prosperidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces afirmaron que la resolución en cuestión no reúne la condición de definitiva respecto a cuestiones constitucionales y que no se acreditó un perjuicio irreparable que justifique la revisión en sede de queja (considerando 2). La queja no logra rebatir de forma concreta y fundada las razones por las cuales la Cámara de Alzada rechazó el recurso de inconstitucionalidad (considerando 2 y 4). La jurisprudencia del Tribunal establece que la queja debe contener una crítica desarrollada y fundada que permita la revisión de los motivos del rechazo del recurso, lo cual en este caso no ocurrió (considerando 4 y 5). Además, la resolución impugnada no se considera arbitraria ni afecta garantías constitucionales del quejoso, por lo que la instancia de revisión extraordinaria resulta improcedente (considerando 2 y 5). Se descartó el efecto suspensivo solicitado por el recurrente por la misma razón. La decisión fue tomada en concordancia con el dictamen del Fiscal y en base a la falta de fundamentos suficientes en la queja para habilitar su procedencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: