GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en Olivera, Lucas CONTRA MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTROS SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo denegó la queja del GCBA contra la resolución que rechazó su recurso de inconstitucionalidad, argumentando que no se trata de una sentencia definitiva y que no se acreditan violaciones constitucionales relevantes.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo (decisión de denegar su recurso de inconstitucionalidad)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se deje sin efecto la decisión que denegó su recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que ordenó no considerar la calificación de “no apto” del actor en la evaluación de ascensos en la Policía de la Ciudad, en atención a supuestas vulneraciones constitucionales.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la queja del GCBA por no considerarse que la resolución interlocutoria impugnada sea equiparable a una sentencia definitiva, y porque la invocación de principios constitucionales fue genérica y no suficiente para configurar la vulneración alegada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala I de la Cámara evaluó que la resolución cuestionada no es una sentencia definitiva, sino una resolución interlocutoria sobre una medida cautelar, por lo que el recurso de inconstitucionalidad no procede. Se recordó que, según jurisprudencia reiterada, las decisiones sobre medidas cautelares no son susceptibles de revisión en esa vía, salvo que produzcan un daño de magnitud tal que justifique la equiparación a una sentencia definitiva, lo cual no ocurrió en este caso. La queja no contiene una crítica concreta, desarrollada y fundada del auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad, sino manifestaciones genéricas, por lo que debe ser rechazada. La invocación de principios constitucionales sin demostrar la relación directa con la resolución impugnada también fue considerada insuficiente. La autoridad judicial concluyó que la queja debe ser rechazada por improcedente.
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