GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en VILLAMANDO, HERNAN GABRIEL Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechaza el recurso de reposición contra la regulación de honorarios profesionales en una sentencia del 13/12/2023, argumentando que las resoluciones del tribunal no son susceptibles de reconsideración salvo excepciones y que el recurso presentado no cumple con dichas condiciones.
- Quién demanda: María Silvina Marengo (abogada)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de reposición contra la regulación de honorarios profesionales en la suma de $1.325.676,90, solicitando que se expresen en UMAS debido a la inflación.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de reposición presentado por la abogada Marengo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces consideraron que la presentación de Marengo luce innominada y que, en realidad, se trata de un recurso de reposición contra la sentencia que reguló honorarios. Se recordó que las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia, adoptadas con los votos necesarios según el art. 26 de la ley 7, no son susceptibles de reconsideración, reposición o revocatoria, salvo en los casos previstos en la ley 402, que no corresponden al caso. La jurisprudencia citada respalda que las decisiones del tribunal no admiten recursos de reposición cuando no existen excepciones legales específicas. Además, se sostuvo que la sentencia posterior no es susceptible de recurso de reposición, ya que corresponde solo contra providencias simples o interlocutorias que causen perjuicio irreparable. La abogada Marengo no demostró que se den las condiciones excepcionales para admitir un remedio extraordinario que subsane errores manifiestos del tribunal. En consecuencia, el tribunal decidió rechazar el recurso, confirmando la validez de la regulación de honorarios efectuada en la sentencia del 13/12/2023.
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