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CORDOBA, WALTER OSVALDO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CORDOBA, WALTER OSVALDO CONTRA MINISTRA DE EDUCACION E INNOVACION, SOLEDAD ACUÑA Y OTROS SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - GENERICO

La Cámara de Apelaciones rechazó la queja del actor contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad, confirmando la valoración de hechos y la interpretación de la normativa infraconstitucional, y concluyendo que no se evidencian cuestiones constitucionales que justifiquen la intervención del Tribunal.

Fundamentacion del recurso Remuneracion Diferencias salariales Falta de fundamentacion Cuestiones de hecho y prueba Empleo publico Caracter remunerativo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Adicionales de remuneracion Adicional por material didactico


¿Quién es el actor?

Walter Osvaldo Córdoba.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración del carácter remunerativo de ciertos suplementos salariales ("material didáctico", "material didáctico mensual" y "material didáctico del bicentenario"), diferencias salariales, pago diferenciado de horas cátedra y costas.

¿Qué se resolvió?

La Sala III de la Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación respecto a las costas y rechazó en lo restante, confirmando la decisión de primera instancia y fundamentando que la declaración del carácter bonificable de suplementos es una facultad discrecional del legislador y que el actor no acreditó la superación de los topes para el pago diferenciado de horas cátedra. La denegatoria del recurso de inconstitucionalidad fue confirmada por el Tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La resolución de la Cámara se basó en la valoración de los hechos, la prueba y la normativa, sin que exista arbitrariedad o vulneración constitucional. La declaración del carácter bonificable de los suplementos es una facultad discrecional del legislador y no surge de una constatación de hecho. La parte actora no demostró fehacientemente los hechos necesarios para modificar la decisión, ni acreditó la superación de los topes en horas cátedra. La queja por cuestiones de costas, intereses y valoración probatoria fue considerada como una disconformidad con la valoración judicial, ajena a la competencia de este Tribunal. La queja fue rechazada por no acreditar una cuestión constitucional que justifique su intervención.

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