GCBA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN VEE CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza la queja del GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un caso de amparo por vivienda habitacional y vulnerabilidad social. La sentencia confirma la inadmisibilidad del recurso por deficiencias en su fundamentación y fundamenta la decisión en la falta de un planteo de cuestión constitucional válido.
¿Quién es el actor?
VEE, en representación de sus hijos menores.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
- Objeto de la demanda: Solicitud de solución habitacional definitiva, adecuada y suficiente, en el marco de un amparo por vulnerabilidad social y situación de emergencia habitacional.
- Decisión del tribunal: Rechaza la queja del GCBA, confirmando la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad por insuficiencia en los agravios y la falta de planteo de una cuestión constitucional, además de señalar que la denuncia de arbitrariedad resulta improcedente cuando la resolución no presenta graves errores de gravedad extrema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La queja del GCBA fue interpuesta en tiempo y forma, pero no rebate en forma suficiente la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad. La jurisprudencia de la CSJN establece que las genéricas invocaciones de garantías constitucionales son insuficientes si no conectan con los fundamentos de la sentencia apelada.
- La invocación a la doctrina de gravedad institucional no fue respaldada con fundamentos adecuados para demostrar impacto sobre intereses de la comunidad o principios constitucionales.
- La decisión de la Cámara fue fundada en que el recurso no planteaba adecuadamente una cuestión constitucional, ya que los agravios remitían a cuestiones de hecho y valoración de la prueba, no a una vulneración constitucional concreta.
- La sentencia de primera instancia y la confirmada por la tribunal superior consideran que la parte actora, en situación de vulnerabilidad (mujer víctima de violencia de género, sin redes de apoyo, con hijos menores y sin empleo formal), tiene derecho a una vivienda digna, lo cual fue avalado por la normativa local (ley n° 4036) y por la marco constitucional.
- La Cámara y el tribunal superior concluyen que las deficiencias recursivas impiden la revisión de la decisión, y que el recurso de queja no cumple con los requisitos para prosperar.
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