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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS N, N SOBRE 149 BIS - AMENAZAS s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

La Cámara declara la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un incidente de competencia en causa por amenazas, tras analizar los antecedentes y considerar que la controversia entre jueces no federales debe resolverse en este tribunal, siguiendo la doctrina de “Bazán”.

Conflicto negativo de competencia Amenazas simples Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia penal, contravencional y de faltas


- Quién demanda: No procede. Se trata de un incidente de competencia entre órganos judiciales.

¿A quién se demanda?

No aplica.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La resolución del conflicto de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 63 y el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 5.

¿Qué se resolvió?

Se declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 5 para entender en la causa, remitiendo las actuaciones a ese juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los jueces Santiago Otamendi, Marcela De Langhe e Inés M. Weinberg remiten a la doctrina del precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), que establece que cuando la contienda se produce entre magistrados con competencia no federal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde que el Tribunal Superior de Justicia sea quien resuelva. La jueza Alicia E. C. Ruiz sostiene que, en línea con la doctrina, corresponde aceptar la atribución de competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 5, aunque mantiene discrepancia con la Corte Suprema en otros casos. El juez Luis Francisco Lozano afirma que la materia de las amenazas (art. 149 bis, CP) tiene competencia local y que la causa debe radicarse en el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 5, incluso si la imputación se ampliara o modificara. En conjunto, el tribunal concluye que la competencia corresponde al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 5, remitiendo las actuaciones a ese órgano.

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