INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS DUARTE, IARA GERALDINE Y OTROS SOBRE 89 - LESIONES LEVES Y OTROS s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resuelve declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 13 en un incidente de competencia entre juzgados de la misma jurisdicción. La decisión se fundamenta en la normativa y precedentes que establecen la competencia del Tribunal para estos conflictos.
- Quién demanda: La parte que interpuso el incidente de competencia en autos Duarte, Iara Geraldine y otros.
¿A quién se demanda?
A los juzgados nacionales en lo criminal y correccional n° 13 y n° 26, por declaración de incompetencia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La resolución del conflicto de competencia entre los jueces y la declaración del órgano competente para entender en la causa.
¿Qué se resolvió?
Se declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 13 para entender en la causa, en virtud de la normativa aplicable y los precedentes de la Corte Suprema en “Bazán” (Fallos: 342:509).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La causa se originó por hechos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los que intervinieron policías y particulares, vinculando los hechos en forma temporal y espacial. La jurisprudencia de la Corte Suprema, en particular “Bazán”, establece que en conflictos entre juzgados de la misma jurisdicción, corresponde remitir al Tribunal Superior de Justicia local. La opinión del Fiscal General Adjunto, quien sostuvo que los hechos están íntimamente ligados y que la comunidad probatoria favorece que la investigación y juzgamiento se unifiquen en un mismo tribunal, en este caso, el juzgado nacional. La decisión mayoritaria de los jueces que coincidieron en que la competencia corresponde al juzgado nacional, remitiendo las actuaciones y notificando a las partes. La discrepancia de la jueza Alicia E. C. Ruiz, quien opinó que el Tribunal Superior de Justicia debe conocer del conflicto, en línea con lo dispuesto por la Corte Suprema, y remitiendo las actuaciones al juzgado de mayor jerarquía.
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