MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - UNIDAD ESPECIALIZADA EN LITIGIOS COMPLEJOS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en FUNDACIÓN CIUDAD Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD - AMPARO - AMBIENTAL
La Cámara Superior de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja del Ministerio Público Fiscal por haber quedado sin interés práctico debido a la modificación de la medida cautelar y consideró que el recurso de inconstitucionalidad no procede por no tratarse de una decisión definitiva.
Actor: Ministerio Público Fiscal en carácter de quejoso por la decisión del juez de grado.
Demandado: Tribunal de grado que dictó la medida cautelar y resolvió sobre la nulidad del acto.
Objeto: Que se declare la inconstitucionalidad del rechazo del recurso del Ministerio Público Fiscal y la nulidad de la medida cautelar, por incumplimiento del procedimiento y la intervención obligatoria del Ministerio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara consideró que la medida cautelar fue modificada y que, en ese contexto, la queja quedó sin interés práctico, ya que no subsiste una medida vigente en la que no se haya garantizado la intervención del Ministerio Público, y que el recurso de inconstitucionalidad no es procedente por tratarse de una resolución interlocutoria no definitiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces señalaron que la medida cautelar de fecha 10/03/2023 fue modificada posteriormente en atención al resultado de una audiencia celebrada el 18/04/2023, por lo que ya no subsiste la medida que motivaba la queja. La doctrina del Tribunal es que los pronunciamientos deben ajustarse a las circunstancias al momento de su emisión y que no procede la intervención del Tribunal en planteos abstractos o prematuros. La resolución cuestionada no es definitiva ni equiparable a sentencia, por lo que no hay fundamento para admitir el recurso de inconstitucionalidad. La presentación del Ministerio Público Fiscal fue considerada prematura y sin interés práctico, por lo que se dio por concluido el trámite de la queja. La mayoría de los jueces coincidieron en que la evolución procesal elimina la relevancia de la nulidad solicitada. La jueza Alicia E. C. Ruiz y el juez Luis Francisco Lozano expresaron sus desacuerdos en la interpretación del carácter de la resolución y la existencia de interés jurídico, pero coincidieron en la conclusión de que el trámite debía concluirse por improcedencia.
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