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GCBA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN RANDOLFE LILIAN GLADYS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)

La Cámara regula los honorarios profesionales de la abogada Marengo en $597.150 por contestación del recurso extraordinario federal, considerando los parámetros legales y la práctica del tribunal, ajustándose a la naturaleza y complejidad del trabajo realizado.

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- Quién demanda: La abogada María Silvina Marengo, en calidad de letrada patrocinante y apoderada de la parte actora.

¿A quién se demanda?

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La regulación de sus honorarios por la labor profesional en la contestación del recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA, solicitando que la suma sea expresada en unidades de medida arancelarias (UMA) para proteger su valor adquisitivo.

¿Qué se resolvió?

La sentencia fija los honorarios en $597.150, equivalente a 5 UMA más el 50% por su labor como apoderada, ajustando la suma a los parámetros legales y a la práctica del tribunal, considerando que el trabajo no presenta novedad ni complejidad significativa. La regulación en UMA no fue aceptada por la normativa, por lo que se determinó en pesos. La suma incluye la labor en las tres etapas del proceso y posterior a la sentencia, en línea con decisiones anteriores del tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

" La normativa arancelaria no contempla la regulación en UMA, ni la práctica del tribunal la ha establecido. La regulación debe hacerse conforme a los parámetros ya expuestos en casos anteriores, considerando que la labor en este asunto no presenta novedad o complejidad superlativa respecto a casos similares. La suma total de honorarios, ajustada a estos parámetros, resulta en $597.150, monto que corresponde a la valoración en pesos y no en UMA, conforme lo establecido en el art. 15 de la ley nº 5134 y en línea con la doctrina del tribunal. Además, se aplican los porcentajes del art. 30 y art. 29 de la ley, en función del monto determinado por la Cámara."

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