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METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza la solicitud de suspensión del proceso por parte de Metrovías S.A. en una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, argumentando que no existen razones serias que justifiquen la excepción a la regla general.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de Servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de suspensión del proceso por la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, en virtud de la resolución nº 302/2019 que la sancionó con multa de $90.855 por incumplimiento en estaciones de la línea D del subterráneo en julio de 2018.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal rechaza la petición de suspensión del proceso, confirmando que la interposición de la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende automáticamente el trámite, salvo excepciones que en este caso no se acreditaron.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La doctrina reiterada del Tribunal establece que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el curso del proceso (art. 33, ley nº 402). El Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante decisión expresa la suspensión de los efectos del pronunciamiento impugnado, y para ello debe existir una razón seria que justifique tal excepción. En el presente expediente, la parte recurrente no expone argumento alguno sobre la magnitud o carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, por lo que corresponde rechazar la solicitud." La jueza Alicia E. C. Ruiz comparte la misma postura, destacando que la falta de razones justificantes conduce al rechazo de la petición. El juez Luis Francisco Lozano añade que la recurrente no muestra que la denegación del recurso de inconstitucionalidad haya sido mal otorgada ni que la medida solicitada sea imprescindible para preservar los efectos de una eventual sentencia favorable. En consecuencia, el Tribunal decide: "Rechazar la petición de suspensión del proceso efectuada por Metrovías S.A." y ordenar la continuación del trámite de la queja.

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