METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara declaró desistido el recurso de queja de Metrovías SA por incumplimiento del plazo para el depósito, pero ordenó la devolución del monto acreditado fuera de término. La resolución sanciona el incumplimiento del requisito procesal y confirma la extinción del recurso por desistimiento.
- Quién demanda: Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia (por resolución denegatoria de la queja)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de queja por la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución del Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA).
¿Qué se resolvió?
Se declaró desistido el recurso de queja por incumplimiento del plazo para el depósito, pero se ordenó la devolución del importe depositado fuera de término. La Cámara consideró que la acreditación del depósito fue realizada, pero fuera del plazo establecido, y que el plazo para efectuarlo es perentorio, en línea con el artículo 139 del CCAyT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acreditación de la transferencia de las sumas dadas en concepto de depósito efectuada el 21/05/2024 fue informada en autos en la misma fecha, mientras que el plazo para efectuarlo había vencido el 17/05/2024, sin perjuicio de que la recurrente hubiese podido realizarlo dentro de las dos primeras horas hábiles judiciales del 20/05/2024 —cf. art. 110 último párrafo del CCAyT, aplicable supletoriamente en los términos del art. 2 de la ley 402—." "Toda vez que se trata de un plazo perentorio, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 139 primer párrafo del CCAyT [...] corresponde declarar desistido el recurso de queja interpuesto por Metrovías SA, sin perjuicio de ordenarse la devolución del importe integrado de forma extemporánea." La sentencia enfatiza que el incumplimiento del depósito en tiempo afecta la validez del recurso, aunque la suma depositada fuera de término puede ser devuelta. La decisión se basa en la naturaleza perentoria del plazo y en la doctrina del Tribunal en casos similares.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: