VSV s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en VSV CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES
La sentencia del Tribunal rechaza las quejas interpuestas en contra de la resolución que denegó recursos de inconstitucionalidad en un caso de acción de amparo por vivienda y protección contra violencia de género, revocando la decisión por considerarla arbitraria e insuficientemente fundada.
- Quién demanda: VSV en representación de sus hijas menores de edad.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Obtención de una solución habitacional adecuada y protección frente a violencia de género.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal rechazó las quejas interpuestas por la parte actora y la Asesoría General Tutelar, confirmando la improcedencia de los recursos de inconstitucionalidad por entender que los planteos no configuran un genuino caso constitucional y que las cuestiones de hecho y prueba no corresponden a esta instancia. Sin embargo, posteriormente, los jueces de la Sala reconsideraron y, por mayoría, resolvieron hacer lugar a las quejas y revocar la sentencia de la Cámara, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento con una fundamentación adecuada, en particular respecto a la situación de violencia de género y la vulnerabilidad social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría de los jueces consideró que la sentencia de la Cámara no abordó adecuadamente la situación de violencia de género y vulnerabilidad social, y que la limitación del subsidio ordenada por la Cámara resultaba arbitraria, ya que colocaba a la actora en situación de calle y vulneraba sus derechos constitucionales y derechos humanos. La sentencia de la Cámara fue considerada contradictoria e insuficientemente fundada, en tanto que no explicó claramente por qué la situación de violencia no era actual, pese a que existía una orden de restricción vigente y antecedentes de violencia física y económica. La decisión de revocar y ordenar un nuevo pronunciamiento apunta a garantizar la protección efectiva del derecho a la vivienda digna y a la protección de la violencia de género, en línea con los derechos constitucionales y tratados internacionales.
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