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LANZONI, AMANDA ZULEMA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en LANZONI, AMANDA ZULEMA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La Cámara regula los honorarios de la abogada del GCBA por actuación en recurso extraordinario federal, fijando una suma total de $2.608.350, en línea con la ley de aranceles y considerando las etapas procesales y la escala aplicable. La decisión confirma el monto final de honorarios y establece su modalidad de pago.

Regulacion de honorarios Recurso extraordinario federal Honorarios profesionales Monto minimo Apoderado Honorarios del abogado Contestacion del traslado


¿Quién es el actor?

Amanda Zulema Lanzoni

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Objeto de la demanda: Queja por recurso de inconstitucionalidad y reclamo de empleo público y diferencias salariales
- Decisión del tribunal: Se regula la liquidación de honorarios de la letrada Andrea Fabiana Rueda, en suma de $2.608.350 por su actuación como letrada patrocinante y apoderada, considerando las etapas del proceso y la escala del art. 30 de la ley 5134, con la correspondiente adición del IVA. La sentencia ordena registrar, notificar y remitir las actuaciones al juzgado interviniente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Los honorarios regulados deben ajustarse a la escala prevista en el art. 30 de la ley 5134, que establece entre el 30% y el 40% del monto fijado en primera instancia. La regulación inicial por la primera instancia fue de $87.417,60, que, aplicado el porcentaje máximo, resulta inferior al mínimo legal, por lo que se fija en la suma de $2.608.350, considerando además la escala en UMA del valor vigente a la fecha del pago. La decisión respeta los principios de proporcionalidad y legalidad, ajustándose a las directrices del art. 15 y 30 de la ley 5134, y considerando también la tasa de intereses estipulada en la doctrina del tribunal. La liquidación final refleja la correcta aplicación de los parámetros legales y la valoración del trabajo realizado por la letrada en las distintas instancias del proceso.” Disidencia: El juez Lozano propone un cálculo diferente, estableciendo los honorarios en un 35% de la suma regulada en primera instancia, ajustada por intereses y considerando el mínimo legal de 20 UMA más el 50%, resultando en diferente monto final, pero la mayoría decidió mantener la suma total de $2.608.350.

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