LANZONI, AMANDA ZULEMA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en LANZONI, AMANDA ZULEMA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Cámara regula los honorarios de la abogada del GCBA por actuación en recurso extraordinario federal, fijando una suma total de $2.608.350, en línea con la ley de aranceles y considerando las etapas procesales y la escala aplicable. La decisión confirma el monto final de honorarios y establece su modalidad de pago.
¿Quién es el actor?
Amanda Zulema Lanzoni
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Objeto de la demanda: Queja por recurso de inconstitucionalidad y reclamo de empleo público y diferencias salariales
- Decisión del tribunal: Se regula la liquidación de honorarios de la letrada Andrea Fabiana Rueda, en suma de $2.608.350 por su actuación como letrada patrocinante y apoderada, considerando las etapas del proceso y la escala del art. 30 de la ley 5134, con la correspondiente adición del IVA. La sentencia ordena registrar, notificar y remitir las actuaciones al juzgado interviniente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“Los honorarios regulados deben ajustarse a la escala prevista en el art. 30 de la ley 5134, que establece entre el 30% y el 40% del monto fijado en primera instancia. La regulación inicial por la primera instancia fue de $87.417,60, que, aplicado el porcentaje máximo, resulta inferior al mínimo legal, por lo que se fija en la suma de $2.608.350, considerando además la escala en UMA del valor vigente a la fecha del pago. La decisión respeta los principios de proporcionalidad y legalidad, ajustándose a las directrices del art. 15 y 30 de la ley 5134, y considerando también la tasa de intereses estipulada en la doctrina del tribunal. La liquidación final refleja la correcta aplicación de los parámetros legales y la valoración del trabajo realizado por la letrada en las distintas instancias del proceso.” Disidencia: El juez Lozano propone un cálculo diferente, estableciendo los honorarios en un 35% de la suma regulada en primera instancia, ajustada por intereses y considerando el mínimo legal de 20 UMA más el 50%, resultando en diferente monto final, pero la mayoría decidió mantener la suma total de $2.608.350.
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