GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en Gamarra, Noelia Belen CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - EMPLEO PUBLICO-OTROS
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza la queja del GCBA contra la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad en un caso de reducción de carga horaria laboral de una enfermera en el marco de una acción de amparo. La sentencia confirma la validez de la decisión judicial en base a la inexistencia de vulneración constitucional y análisis de normativa infraconstitucional.
¿Quién es el actor?
Noelia Belén Gamarra, enfermera en el Hospital Materno Infantil Ramón Sarda.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
- Objeto de la demanda: Readecuación de la carga horaria laboral a un máximo de 6 horas diarias y 30 semanales, alegando tareas insalubres.
¿Qué se resolvió?
El juez de grado ordenó la adaptación de la jornada laboral sin reducción salarial, confirmada en apelación en cuanto a la reprogramación laboral, y posteriormente, la Cámara de Apelaciones confirmó en parte dicha resolución, rechazando la apelación del GCBA en cuanto al recurso de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala III de la Cámara consideró que las tareas de la actora eran insalubres y que la normativa aplicable, en particular la ordenanza 40820, respaldaba la reducción horaria a 6 horas diarias y 30 semanales, pues “las tareas realizadas por la actora eran de las calificadas como insalubres” y “correspondía, por la normativa de aplicación, que la jornada de trabajo no excediese esas horas”. La resolución 499/20, que permitía extender la horario más allá de los días en que la enfermera prestaba servicios, fue considerada como desnaturalizadora del régimen especial del personal franquero, que tiene una normativa de jerarquía superior. El GCBA alegó que la sentencia era arbitraria, vulneraba derechos constitucionales y que no se comprobaba insalubridad, pero estos agravios fueron desestimados por la Cámara, que afirmó que la queja no aportó argumentos suficientes para justificar la revisión del fallo en sede constitucional. La jurisprudencia del Tribunal resaltó que la queja debe contener una crítica fundamentada y concreta que permita su revisión, cosa que no ocurrió en este caso. En relación a la reducción salarial, el Tribunal revocó parcialmente la decisión en un voto del juez Lozano, ordenando que se evalúe esa cuestión en un nuevo pronunciamiento, pero esto no afecta la validez del rechazo de la queja constitucional. Finalmente, el Tribunal concluyó que la queja del GCBA debía ser rechazada por no haber demostrado la existencia de una vulneración constitucional ni de arbitrariedad en la resolución judicial.
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