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INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS RODRIGUEZ, EDUARDO IGNACIO Y OTROS SOBRE 89 - LESIONES LEVES

Conflicto de competencia entre juzgados por hechos de violencia de género y delitos relacionados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Tribunal Superior de Justicia resolvió que continúa la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 21, en línea con el precedente “Bazán”, debido a la naturaleza de los hechos y la necesidad de una administración de justicia eficaz en casos de violencia contra la mujer.

Cuestion abstracta Conflicto positivo de competencia Archivo de las actuaciones Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr.

Quién demanda: No corresponde, se trata de un conflicto de competencia entre órganos judiciales.

¿A quién se demanda?

No corresponde, es un incidente de competencia entre juzgados.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar cuál de los juzgados debe continuar interviniendo en las investigaciones por hechos de violencia y delitos relacionados, en el contexto de violencia de género, ocurrido en noviembre de 2023.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró competente al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 21, y dio por concluido el conflicto de competencia, remitiendo las actuaciones a dicho juzgado. Fundamentos principales de la decisión:
- La fiscalía local informó que se archivó el caso, pero el incidente de competencia fue tramitado por el juzgado local sin que ello impida su resolución en este momento.
- La Corte Suprema en “Bazán” (Fallos: 342:509) estableció que en casos de conflicto entre juzgados en la Ciudad Autónoma, es el Tribunal Superior de Justicia quien debe resolver.
- La naturaleza de los hechos, que incluyen violencia de género en un contexto prolongado, requiere que un mismo tribunal intervenga en todas las actuaciones para garantizar una adecuada administración de justicia y cumplir con los compromisos internacionales en la materia.
- La mayor competencia en los hechos denunciados y la experiencia adquirida por el juzgado local justifican que siga interviniendo, en línea con las doctrinas judiciales que priorizan la unidad y eficiencia en la tramitación de casos de violencia contra las mujeres.
- La sentencia también cita jurisprudencia y recomendaciones internacionales que subrayan la necesidad de una tramitación conjunta en estos asuntos.
- La resolución fue adoptada por mayoría, remitiendo las actuaciones al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 21 y dando por cerrado el incidente.

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