Logo

METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

La Cámara de Apelaciones rechazó la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado y confirmó que no se suspendía el proceso, ya que la parte recurrente no presentó argumento válido para ello. La sentencia reafirmó la regla general de que la queja no suspende el proceso, salvo excepciones, que no se verificaron en este caso.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de Servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La suspensión del curso del proceso por la denegatoria de su queja por recurso de inconstitucionalidad contra una multa de $339.680 por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en estaciones de la línea D durante junio de 2016.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la solicitud de suspensión del proceso, confirmando que la queja por recurso denegado no suspende, por regla general, el trámite del proceso, salvo que exista una razón seria que justifique lo contrario, lo cual no ocurrió en este caso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es doctrina reiterada del Tribunal que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el curso del proceso (art. 33, ley nº 402). El Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante decisión expresa la suspensión de los efectos o ejecución del pronunciamiento impugnado previo a expedirse acerca de la admisibilidad de la queja, pero para obrar de esta forma debe contar con una razón seria que así lo justifique, en tanto ello supone reconocer una excepción a la regla mencionada y sustraer el trámite del proceso de su cauce normal." "En estas actuaciones es posible advertir que la parte recurrente no expone argumento alguno sobre la magnitud y/o el carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, que permita hacer excepción a la regla general desarrollada en el párrafo anterior." "Por lo expuesto, corresponde rechazar la solicitud efectuada." "Asimismo, en la misma línea, el juez Lozano señaló que no se mostró que el recurso hubiera sido mal denegado ni que la medida sea indispensable para preservar efectos en caso de prosperar los planteos." "Finalmente, la jueza Ruiz refuerza que la norma general es que la queja no suspende el proceso y que no se acreditaron razones que justifiquen una excepción, por lo cual se rechaza la petición de suspensión."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar