MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS MORA SANTOS, LEONEL Y OTROS SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad en un trámite que cuestionaba la decisión de no conceder prisión domiciliaria a un imputado, fundamentando que no se evidencian cuestiones constitucionales ni arbitrariedad.
- Quién demanda: La Defensora General y la Defensora Adjunta en lo Penal, en nombre del imputado Leónel Mora Santos.
¿A quién se demanda?
La Sala de feria que confirmó la denegatoria de la prisión domiciliaria.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La admisión del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que negó la pedido de prisión domiciliaria, alegando vulneración de principios constitucionales y derechos del niño, y la declaración de arbitrariedad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inadmisible el recurso por falta de fundamentación suficiente y que no se configuraba una cuestión constitucional, confirmando la decisión de no hacer lugar a la prisión domiciliaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La defensa no aportó una crítica concreta ni suficiente al auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad. La resolución impugnada no constituye una sentencia definitiva, ni muestra arbitrariedad en su contenido. La interpretación y valoración de las circunstancias de la causa, incluyendo el incumplimiento de prisión domiciliaria anterior y las condiciones del imputado, corresponden a los jueces de mérito, por lo que la revisión por esta vía resulta improcedente. La argumentación de la defensa sobre el interés superior del niño y vulnerabilidad de las menores no fue adecuadamente fundamentada ni controvertida en la instancia. La defensa omitió criticar la resolución que calificaron como arbitraria, limitándose a expresar disconformidad. La queja no cumple con los requisitos constitucionales y procesales para su admisión. La resolución del Tribunal también señala que el análisis de la procedencia de la prisión domiciliaria es de competencia de los jueces de la causa, basándose en normas de derecho común y la valoración de las circunstancias, sin que exista arbitrariedad en la decisión impugnada.
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