PIZARRO, ANGEL SILVIO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en HOBERT, ALEX EZEQUIEL CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - EMPLEO PUBLICO-OTROS
La Cámara rechazó la queja por recurso de inconstitucionalidad contra la regulación de honorarios en un proceso contencioso administrativo, considerando que no se demostraron violaciones constitucionales ni arbitrariedad en la decisión judicial.
- Quién demanda: Ángel Silvio Pizarro
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la decisión que denegó su recurso de inconstitucionalidad, alegando que sus honorarios fueron regulados por debajo del mínimo legal (6 UMA).
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la queja por no demostrar la existencia de un caso constitucional ni arbitrariedad, confirmando la regulación de honorarios en la instancia de grado, considerando la importancia de la cuestión, la labor realizada y la valoración de los jueces.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La regulación de honorarios en instancias ordinarias es, en general, materia ajena a la competencia del recurso de inconstitucionalidad, ya que involucra cuestiones de orden fáctico y procesal propias de los jueces de la causa. La sentencia de la Cámara explicó que la regulación se ajustó al principio de proporcionalidad, valorando la importancia de la labor, la complejidad del asunto y el monto del proceso ($5.374,20), además del resultado y trascendencia de la ejecución. La queja del recurrente se basó en una mera discrepancia con la valoración de los hechos y la interpretación de normas arancelarias, sin demostrar arbitrariedad ni vulneración constitucional. Los jueces consideraron que no existían errores groseros ni fundamentos insuficientes que justificaran la revisión del acto jurisdiccional, y que la decisión fue fundada en criterios técnicos y jurídicos adecuados. La decisión también reiteró que las cuestiones relativas a honorarios en instancias ordinarias no son materia del recurso de inconstitucionalidad, salvo que exista una arbitrariedad manifiesta.
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