INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS N N, NN SOBRE 172 - ESTAFA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 37 en un incidente de incompetencia originado por diferentes juzgados locales. La decisión se fundamentó en la jurisprudencia del precedente “Bazán” y en el análisis del fiscal respecto a la naturaleza del delito de estafa en el caso.
¿Quién es el actor?
La víctima de la estafa
¿A quién se demanda?
No especificado en la sentencia, en trámite de investigación
- Objeto de la demanda: Presunta maniobra de estafa mediante manipulación remota en el contexto de delitos informáticos y transferencias no consentidas por valor de $170.000 y $89.000
- Decisión del tribunal: Declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 37, en atención a la naturaleza del hecho y la jurisprudencia aplicable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza Alicia E. C. Ruiz remarcó que, según el precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), en conflictos de competencia entre magistrados con jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el Tribunal Superior quien debe resolver. La Fiscalía y el resto de los jueces coincidieron en que la naturaleza del hecho, calificado como estafa por el art. 172 del CP, justifica la competencia de la justicia nacional. La víctima fue engañada mediante una página web fraudulenta, cargando datos de acceso y token, que posibilitó las transferencias no consentidas. La maniobra implicó el uso de herramientas informáticas y un ardid que induce a error, configurando la figura delictiva de estafa, según la calificación del fiscal. La sentencia destaca que la controversia se fundamenta en la correcta aplicación de la jurisprudencia y en la calificación del hecho como de competencia nacional, dado que involucra delitos informáticos y perjuicio patrimonial que trascienden la jurisdicción local.
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