GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en FERNANDEZ, SANDRA PATRICIA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
El Tribunal Superior de Justicia denegó la queja del GCBA contra la sentencia que hizo lugar a la demanda de agentes del GCBA por diferencias salariales y reencasillamiento, confirmando que las tareas realizadas por las actoras eran propias del puesto de analista fiscal y que se vulneró el principio de igualdad salarial.
- Quién demanda: Sandra Patricia Fernández y otros agentes del GCBA en carácter de asistentes fiscales.
¿A quién se demanda?
GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamaban la recomposición salarial, reencasillamiento a puestos de analistas fiscales y la inclusión de diferencias salariales en el fondo estímulo, además del carácter remunerativo de ciertos suplementos.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de la Cámara de Apelaciones hizo lugar a la demanda y condenó al GCBA a pagar diferencias salariales, considerando que las tareas de las actoras eran iguales a las de los analistas fiscales. La queja del GCBA fue rechazada porque no se acreditó la arbitrariedad del fallo ni la vulneración de derechos constitucionales, y porque los agravios remitían a cuestiones de hecho y prueba que corresponden a la valoración judicial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de la Cámara consideró probado que las actoras realizaban tareas propias del puesto de analista fiscal, idénticas a otros agentes encasillados en ese puesto, vulnerando así el principio de igualdad salarial. La impugnación del GCBA se basaba en que no existía concurso público para el ascenso y que las tareas realizadas estaban en línea con su encasillamiento, pero el Tribunal sostuvo que esas cuestiones implican valoración de prueba y hechos, propias de la jurisdicción de los jueces de la causa, y no de la vía extraordinaria. La doctrina de arbitrariedad exige una deficiencia lógica o ausencia de fundamento normativo, que no se verificó en el caso. La referencia a derechos constitucionales en la queja fue considerada insuficiente sin una acreditación precisa del cercenamiento. La sentencia de la Sala III de la Cámara fue fundamentada, y las discrepancias del GCBA no alcanzan a configurar arbitrariedad. La jurisprudencia señala que la mera disconformidad con el razonamiento judicial no implica arbitrariedad y que la revisión en vía extraordinaria es limitada a supuestos de manifiesta irracionalidad o falta de fundamentación.
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