METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara de Apelaciones rechazó la solicitud de suspensión del proceso planteada por Metrovías S.A. en el marco de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, argumentando que no se aportaron razones que justificaran la excepción a la regla general de no suspensión del proceso.
Actor: Metrovías S.A. Demandado: Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Objeto: Solicitud de suspensión del proceso en la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, respecto a la resolución que sancionó con multa a Metrovías por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en estaciones de la línea D de subterráneos durante mayo de 2017. Decisión: Se rechaza la petición de suspensión del proceso planteada por la recurrente, considerando que no se aportaron argumentos que justifiquen la excepción a la regla general.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es doctrina reiterada del Tribunal que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el curso del proceso (art. 33, ley nº 402). El Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante decisión expresa la suspensión de los efectos o ejecución del pronunciamiento impugnado previo a expedirse acerca de la admisibilidad de la queja, pero para obrar de esta forma debe contar con una razón seria que así lo justifique, en tanto ello supone reconocer una excepción a la regla mencionada y sustraer el trámite del proceso de su cauce normal. En estas actuaciones, la parte recurrente no expone argumento alguno sobre la magnitud y/o el carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, que permita hacer excepción a la regla general desarrollada en el párrafo anterior." La jueza Alicia E. C. Ruiz agregó: "La falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido." El juez Luis Francisco Lozano puntualizó: "No muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, así como tampoco que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: