MÁREGA, Eduardo Fabián s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MÁREGA, Eduardo Fabián CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Sala Superior del TSJ de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja del actor contra la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad, argumentando que la misma no presenta elementos que configuren arbitrariedad o vulneración constitucional, remitiéndose a antecedentes similares y a la fundamentación de la Cámara.
- Quién demanda: Eduardo Fabián Márega
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos salariales (Material Didáctico, FO.NA.IN.DO) y declaración de inconstitucionalidad de varios decretos que asignaron carácter no remunerativo a esos suplementos; también, integración al sueldo básico y diferencias retroactivas.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia reconoció parcialmente el carácter remunerativo de algunos suplementos y rechazó otros pedidos; la Cámara confirmó esa decisión y rechazó los agravios del actor. La queja del actor fue denegada por el TSJ, considerando que no existen elementos que hagan a la arbitrariedad o vulneración constitucional, remitiéndose a antecedentes similares y a los fundamentos de las cámaras.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría de los jueces destacaron que las cuestiones planteadas son similares a otros casos resueltos por el TSJ, remitiéndose a los votos en esas causas.
Se argumentó que la interpretación de la normativa infraconstitucional, en particular la facultad del legislador o del Poder Ejecutivo para asignar carácter bonificable a los suplementos, no configura arbitrariedad ni vulnera garantías constitucionales.
Se sostuvo que la parte actora no logra articular una crítica concreta y fundamentada respecto del rechazo de su recurso, limitándose a expresar disconformidad.
Se recordó que para que prospere la queja por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad, debe existir una crítica concreta y fundada del auto denegatorio, lo cual no ocurrió.
La fundamentación de la resolución se considera adecuada y fundada, por lo que la queja se rechaza.
- TIPO DE PROCESO: CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
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