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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MENZEL, ESTEFANIA LUCIA CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - EMPLEO PUBLICO-CONCURSOS

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo revocó la resolución de grado que dejó sin efecto la designación de una enfermera trans en el Hospital General de Niños “Ricardo Gutiérrez” y ordenó su restitución, considerando que la resolución administrativa era discriminatoria y carecía de motivación suficiente.

Principio de congruencia Fundamentacion del recurso Falta de fundamentacion Examen preocupacional Accion de amparo Cuestiones de hecho y prueba Empleo publico Facultades de la administracion Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Designacion de empleados publicos Aptitud psicologica

Actor: N. G. Q. C., en representación de M. E. L. Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) Objeto: La revocación de la resolución que dejó sin efecto la designación de la actora como enfermera y su restitución en el cargo. Decisión: La Cámara de Apelaciones ordenó la repetición del examen psicofísico y la convocatoria a la actora si superaba la aptitud; además, revocó la decisión que la consideraba “no apta” y que fue fundada en informes médicos y psicológicos que, en el fallo, se califican de discriminatorios. La Cámara consideró que la resolución administrativa vulneraba derechos constitucionales, particularmente por discriminación basada en identidad de género y por patologizar su condición. La resolución del grado, que fundamentaba la rechazo de la amparo en la carácter trans de la actora, fue considerada arbitraria y discriminatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala sostuvo que la valoración de la prueba médica y psicológica, particularmente los informes que calificaban a la actora con expresiones como “estructura perversa” y “aspecto bizarro”, evidenciaban un proceder discriminatorio. Se resaltó que la ley 5261 y los principios de autodeterminación de género protegen el derecho a la identidad y a la no discriminación; por ello, convertir la disforia de género en sinécdoque de la persona para justificar la exclusión laboral constituye una actitud ilegítima y discriminatoria. Además, se argumentó que la resolución administrativa carecía de motivación suficiente y que la valoración de la prueba médica, además de estar en contradicción con la normativa vigente, carecía de fundamentación científica sólida. La Cámara consideró que la decisión vulneraba derechos constitucionales como el debido proceso, la igualdad y la dignidad, y que la administración debía respetar los derechos de las personas trans en el ámbito laboral.

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