GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en DONADEI, NATALIA FLORENCIA CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)
La Sala del Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja del GCBA contra la sentencia que ordenó la entrega de información pública y confirmó la rechazo del recurso de apelación, argumentando que la queja no cumplía con los requisitos formales y que los agravios eran de índole procesal y de hecho, ajenos a la vía de inconstitucionalidad.
- Quién demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad de la resolución que rechazó su recurso de apelación en una causa por acceso a la información pública y que se revierta dicha decisión.
¿Qué se resolvió?
La Sala del Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja del GCBA, considerando que no cumplía con los requisitos del art. 33 de la ley 402, y que los agravios presentados eran cuestiones de hecho, derecho infraconstitucional o procesal, ajenas a la vía de inconstitucionalidad. Además, se sostuvo que la resolución apelada no es la definitiva, por lo que no cabía el recurso de inconstitucionalidad. La decisión fue acompañada por mayoría, remitiéndose a antecedentes jurisprudenciales y doctrinales, y confirmando la validez del procedimiento y la resolución en cuestión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La queja del GCBA no contenía una crítica suficiente de la resolución interlocutoria, en los términos del art. 33 de la ley 402. La Sala aclaró que los agravios del GCBA constituyen una discrepancia con la valoración de la Cámara respecto a la declaración de desierto del recurso de apelación, y que tales cuestiones, en su mayoría, corresponden a hechos, derecho infraconstitucional y cuestiones procesales que escapan a la competencia de la vía de inconstitucionalidad. La resolución que viene recurrida no es una sentencia definitiva, sino un pronunciamiento sobre la procedencia del recurso de apelación, por lo que no puede ser objeto de revisión por vía de inconstitucionalidad, de acuerdo a la doctrina y jurisprudencia del tribunal (Fallos 35:302, Fallos 311:2478). La decisión de la Cámara, que declaró desierto el recurso de apelación, fue correcta y no constituye una arbitrariedad ni vulnera derechos constitucionales del GCBA. La jurisprudencia y precedentes en casos similares avalan la postura de rechazo de la queja.
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