EURSPCABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en AUTOTROL SACIAFEI - CONSTRUMAN SA UTE c/ ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CABA s/ RECURSO DIRECTO s/ RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La queja del EURSPCABA por denegatoria de recurso de inconstitucionalidad fue desestimada por extemporaneidad en la presentación. La autoridad recursante no cumplió con los plazos establecidos por la ley para interponer la queja ante el Tribunal Superior, por lo que la misma fue rechazada.
- Quién demanda: Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA).
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en particular por la decisión de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad que interpuso el EURSPCABA, alegando que la resolución fue a su favor y que la misma fue presentada en tiempo y forma.
¿Qué se resolvió?
La presentación del recurso de queja se realizó fuera del plazo legal de 5 días desde la notificación de la resolución denegatoria, siendo que la misma fue notificada el 29/12/2023 y el recurso fue presentado el 22/04/2024. Por ello, el Tribunal desestimó la queja por extemporaneidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La queja no fue deducida en tiempo oportuno en virtud del art. 33 de la ley nº 402. La notificación de la resolución denegatoria se realizó mediante cédula electrónica el 29/12/2023, y el recurso fue presentado el 22/04/2024, fuera del plazo de cinco días hábiles (art. 33 de la ley nº 402). La presentación en término ante la Sala no modifica la conclusión, dado que solo es eficaz la fecha de presentación ante este Tribunal, que fue fuera de plazo. La ley establece claramente que el recurso de queja debe presentarse dentro de los cinco días de notificación, sin alternativas. La jurisprudencia citada respalda la interpretación de los plazos y la formalidad en la presentación de recursos de queja.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: