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MSMA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN MMA C/ COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CABA S/ PROCESOS DISCIPLINARIOS - DESTITUCION

La sentencia del TSJ de la Ciudad de Buenos Aires confirmó la legalidad de la sanción definitiva del Colegio de Escribanos que canceló la matrícula del notario MSMA por delitos penales graves. La resolución se fundamentó en la gravedad del delito y la afectación a la ética notarial, sin vulnerar derechos constitucionales.

Fundamentacion del recurso Falta de fundamentacion Condena penal Antecedentes penales Cuestiones de hecho y prueba Sanciones disciplinarias Codigo de etica Cuestiones de hecho y derecho comun Escribanos publicos Calificacion de conducta Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Registro de antecedentes Tribunal de superintendencia del notariado Competencia del tribunal de superintendencia del notariado Sanciones del colegio profesional Cancelacion de la matricula


¿Quién es el actor?

MSMA, escribano condenado penalmente por delitos de abuso deshonesto y abuso sexual simple agravado.

¿A quién se demanda?

Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y Tribunal de Superintendencia del Notariado.
- Objeto de la demanda: Revisión de la legalidad y constitucionalidad de la cancelación de matrícula profesional basada en la condena penal.

¿Qué se resolvió?

La Corte rechazó la queja por falta de cumplimiento de requisitos formales y sustantivos, confirmando que la sanción disciplinaria fue fundada en la gravedad del delito y en la protección del interés público y la ética profesional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia destacó que la ley 404 establece claramente que la condena por delito doloso implica inhabilitación y cancelación de matrícula mientras dure la condena y sus efectos, pero una vez cumplida la pena, los efectos caducan conforme al Código Penal, por lo que la sanción definitiva debe respetar ese límite temporal. La decisión del TSN de aplicar una inhabilitación definitiva por hechos ocurridos en un contexto penal, con gravedad extrema y que afectan la ética notarial, no viola derechos constitucionales, sino que resguarda el prestigio y la confianza en la función pública del notariado. La jurisprudencia y la ley señalan que la conducta personal y ética del profesional notarial es esencial para el ejercicio de su función, y que delitos graves afectan la idoneidad y ética requeridas. Se concluye que la decisión no es arbitraria ni violatoria de derechos constitucionales, sino razonable y ajustada al marco legal y constitucional.

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