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METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo rechazó la queja de Metrovías SA contra la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad, confirmando la constitucionalidad de las resoluciones del Ente Regulador y validando su competencia para sancionar a la empresa.

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- Quién demanda: Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnar las resoluciones que sancionaron a la empresa con multa de $10.615 por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en estaciones de la línea A, y la denegación judicial de su recurso de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la queja de Metrovías y confirmó la constitucionalidad y competencia del Ente para sancionar, fundamentando que la potestad sancionadora del EURSPCABA no colisiona con la del SBASE ni viola garantías constitucionales, y que la ley 4472, posterior y específica, regula adecuadamente el servicio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala II sostuvo que la competencia del Ente surge claramente de la Constitución local y la ley 4472, que prevé distintas autoridades de control y sanción, sin que exista colisión de competencias ni violación del principio non bis in ídem. Además, la queja no había controvertido adecuadamente los fundamentos de la sentencia apelada que consideró que los procedimientos y las actas estaban en regla, y que las sanciones no implican doble imposición. La jurisprudencia del Tribunal ratifica que la existencia de distintas potestades para fiscalizar y sancionar en materia de servicios públicos no implica vulneración constitucional. En consecuencia, la Cámara rechazó la queja y confirmó la validez del actuar del Ente.

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